
En este artículo analizaremos el antiguo complemento de maternidad, que hoy es conocido como complemento de brecha de genero, que es un complemento en las pensiones contributivas que incrementa dichas funciones en función del número de hijos que se hayan tenido, y que se aplica tanto a mujeres como a hombres.
Desde el 4 febrero de 2021, se aplica de forma automática a todas aquellas personas que se jubilen o accedan a otra pensión, pero no para aquellos hombres que se hayan jubilado desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021.
No obstante, todo cambia con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 12 de diciembre de 2019, que consideró discriminatorio el denegar el complemento de maternidad a los hombres, dado que el complemento lo que premia es la aportación demográfica.
Tabla de contenidos
- NOVEDADES 2022
- ¿Cómo pueden los hombres solicitar el complemento de maternidad?
- ¿Cuánto se cobra de complemento de maternidad?
- ¿Se aplica el complemento de maternidad a la pensión máxima de jubilación?
- ¿Se puede acceder al complemento de maternidad a la jubilación anticipada?
- ¿Se puede acceder al complemento de maternidad con la pensión de viudedad?
NOVEDADES 2022
A continuación haremos mención a las novedades jurisprudenciales que se vayan sucediendo en los juzgados sobre el complemento de maternidad.
Mayo 2022: Efecto del complemento desde el inicio de reconocimiento de la prestación
El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en la sentencia de 18 de mayo recaída en el procedimiento de recurso de casación de unificación de la doctrina 3192/2021, ha establecido que la fecha de efectos para recibir el complemento de maternidad debe de ser desde la fecha del hecho causante (es decir, desde la fecha en la que se accede a la prestación) y no desde cuando se reclama.
¿Cómo pueden los hombres solicitar el complemento de maternidad?
Pese a no haberse recogido legalmente este complemento para los hombres, podríamos decir que nuestros tribunales han creado un nuevo complemento de maternidad.
Pese a ello, a día de hoy el Instituto Nacional de la Seguridad Social no reconoce de oficio el citado complemento, debiendo acudir por lo general a la vía judicial.
A continuación, expondremos los pasos a seguir para poder acceder al complemento de maternidad.
Solicitud al Instituto Nacional de la Seguridad Social
Lo primero es solicitar el complemento al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para ello hay que hacer un escrito simple identificándote, indicando la fecha de acceso a la pensión (si se puede aportar resolución en la que se reconoce, mejor), número de hijos que se tienen (aportar libro de familia o certificado de nacimiento) y solicitar que se reconozca el complemento.
Lo habitual será que la Administración conteste indicando que no cumple con los requisitos, o directamente no conteste a nuestra solicitud.
Reclamación previa
En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, el siguiente paso sería presentar una reclamación previa contra la resolución denegando nuestra solicitud o contra el silencio administrativo.
La Administración tendrá un plazo de 45 días para resolver dicha reclamación previa.
Tramite judicial
Una vez notificada la resolución denegando la reclamación previa presentada por nuestra parte (o el consecuente silencio), tendremos un plazo de 30 días hábiles para interponer la correspondiente demanda haciendo valer nuestros derechos.
Si necesita nuestro asesoramiento para poder obtener su complemento de maternidad, puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestros datos de contacto.
¿Cuánto se cobra de complemento de maternidad?
El complemento de maternidad se calcula aplicando un porcentaje en función de los hijos tenidos a la pensión compatible.
- Por 2 hijos: +5% sobre la pensión.
- Por 3 hijos: +10% sobre la pensión.
- Por 4 hijos o más: +15% sobre la pensión.
¿Se aplica el complemento de maternidad a la pensión máxima de jubilación?
El complemento de maternidad se puede aplicar sobre el importe máximo de la pensión, que para este año 2022 es de 2.819,19 €.
En caso de que la cuantía de la pensión superara ese importe (aunque solo se pagara esa cantidad al ser el máximo), se aplicaría una reducción del 50% sobre la cantidad que exceda el tope anteriormente citado.
Es decir, el complemento nos permitirá llegar al importe máximo sin reducción, y a partir del máximo, a la cantidad sobrante se le aplicaría una reducción del 50%.
¿Se puede acceder al complemento de maternidad a la jubilación anticipada?
Al complemento de maternidad no se puede acceder desde la jubilación anticipada (siempre que sea por voluntad del trabajador), ni mientras perciba la jubilación parcial.
No obstante, sí se puede acceder al complemento de maternidad en caso de jubilación anticipada involuntaria (si se ha extinguido la relación laboral por causas no imputables al trabajador, como podría ser debido a un despido).
Para la jubilación parcial, no se puede acceder al complemento de maternidad hasta que se acceda a la jubilación ordinaria.
¿Se puede acceder al complemento de maternidad con la pensión de viudedad?
Sí, el complemento de maternidad se puede aplicar a la pensión de viudedad. Pero recuerda, que solo se puede aplicar a una pensión si tienes varias reconocidas, aplicándose siempre a la pensión más alta, y en caso de coincidir la pensión de jubilación y la de viudedad, siempre tendrá preferencia la pensión de jubilación.