En relación con el anterior artículo, nos ha parecido interesante profundizar en esta materia respecto a los inmuebles ubicados en Galicia. Para ello, se analizarán los programas y convenios de distintas administraciones u organismos autonómicos más utilizados, tanto para el caso de viviendas en situación de desahucio por impago de un préstamo hipotecario, como para el caso de desahucios por impago de arrendamientos.
Situación de desahucio por impago del crédito hipotecario
Programa «RECONDUCE»
Este programa, implantado por la Xunta de Galicia, tiene por objetivo el poner a disposición de las familias que se encuentran inmersos en un procedimiento de desahucio, sin recursos ni medios para paliar dicha situación una serie de servicios a fin de mejorar su situación. Para ello, a los solicitantes que cumplan los requisitos se les ofrecen los siguientes servicios de forma gratuita:
- Asesoramiento jurídico – económico , así como actuaciones de mediación con la entidad bancaria promovente del desahucio.
- Asistencia social.
- Apoyo psicológico.
- Asesoramiento laboral.
- Ayuda en la búsqueda de una nueva vivienda.
Requisitos
Para acceder a este programa, se tienen que acreditar los siguientes requisitos:
- Que el desahucio se produzca sobre el único bien inmueble propiedad de la unidad familiar.
- Encontrarse la vivienda en Galicia.
- Estar empadronado en algún concello de dicha Comunidad Autónoma.
Beneficios de adherirse a este programa
En caso de encontrarse en una situación de desahucio, a través de este programa se le ayudará a evitar o retrasar el lanzamiento, a través de las siguientes medidas:
- Cooperación en la solicitud de acogimiento a las medidas recogidas en la Ley 1/2013, que permiten la reestructuración de la deuda o suspender el lanzamiento.
- Mediación para acceder al Fondo Social de Viviendas, constituído por inmuebles de las entidades financieras, para la concretación de un alquiler social.
- Apoyo para la solicitud de aplicación del Convenio de la Xunta, CGPJ y Fegamp para suspender temporalmente el lanzamiento a fin de que la situación de la unidad familiar pueda valorarse por los servicios sociales competentes.
Convenio entre el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) y las entidades bancarias
Para el caso de que la entidad bancaria ejecutora de la acción de desahucio formase parte de las entidades que firmaron este convenio (ABANCA y Banco Sabadell), la aplicación del convenio supondría la posibilidad de conseguir un alquiler social sobre dicha vivienda si el solicitante cumpliera los requisitos establecidos.
Los requisitos establecidos para la aplicación de este convenio son:
- Que sea el único inmueble de la unidad familiar, así como vivienda habitual del deudor hipotecario.
- Que se encuentren sus ingresos por debajo de los umbrales recogidos en dicho Convenio. Pulse aquí para consultarlos.
El alquiler social sobre la citada vivienda será inferior a 75 euros, con una duración mínima de 1 año y máxima de 3 años.
«Programa de Realoxo de Afectados por Execucións Hipotecarias».
Mediante este programa, los afectados por desahucios por ejecuciones hipotecarias que cumplan los requisitos previstos, podrán optar a ser realojados en una vivienda cedida por alguna de las siguientes entidades:
- Viviendas cedidas por el SAREB a entidades financieras.
- Inmuebles propiedad del IGVS.
- Viviendas del programa ALUGA.
El alquiler de dichas viviendas se estipulará en función de las condiciones de la misma y de la renta de la unidad familiar. El único requisito es que sea asumible por la familia arrendataria.
Medidas de protección de los arrendatarios que no pueden hacer frente a alquiler
Respecto a aquellas familias que no puedan hacer frente al pago de su alquiler y se encuentren en riesgo de desahucio, la situación es más compleja, al existir menos alternativas.
Programa «RECONDUCE»
A través de dicho programa se insta a los concellos, a través de sus servicios sociales a la realización de actuaciones encaminadas a evitar el desahucio una vez se ponga en su conocimiento dicha situación, como podría ser la concesión de un bono de alquiler social.
En caso de que no fuese posible el mantenimiento de la unidad familiar en dicha vivienda, se buscaría la posibilidad de encontrar otra vivienda en la que pudiera establecerse, mediante el realojo a través del Instituto Galego de Vivenda e Solo.
Realojo por el IGVS
Para poder acceder a estas viviendas, debe la unidad familiar encontrarse dentro del denominado grupo de atención preferente. Entre ellos se encontrarán:
- Familias con hijos menores de edad.
- Unidades familiares con todos sus miembros en situación de desempleo.
- Víctimas de violencia de género.
- Familias con personas dependientes a su cargo.